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Quiebra del Capítulo 7 en California

El Capítulo 7 es la quiebra de liquidación: un fiduciario puede vender los bienes no exentos para pagar a los acreedores, y el deudor individual recibe un descargo de la mayoría de las deudas no garantizadas (11 U.S.C. § 727). Requiere aprobar la prueba de medios y completar la asesoría crediticia. La mayoría de quienes presentan en California conservan sus bienes usando las exenciones de California.

Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 26 de mayo de 2026

Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.

Esto es información general, no asesoría legal. Si el Capítulo 7 es adecuado para usted depende de los hechos — hable con un abogado de quiebras de California.

El Capítulo 7 es la quiebra de consumo más común. A menudo se le llama liquidación porque un fiduciario puede vender sus bienes no exentos para pagar a los acreedores — aunque en la práctica, la mayoría de quienes presentan en California conservan todo.

Cómo funciona la liquidación

Cuando usted presenta el Capítulo 7, un fiduciario revisa sus activos. El fiduciario puede vender los bienes no exentos y distribuir lo recaudado a los acreedores. A cambio, el deudor individual recibe un descargo de la mayoría de las deudas no garantizadas (11 U.S.C. § 727), como tarjetas de crédito y facturas médicas. En la mayoría de los casos de consumo no hay nada no exento que vender — son casos “sin activos” — por lo que usted conserva sus bienes.

Lo que tiene que hacer primero

El Capítulo 7 tiene dos pasos de control de acceso:

  • Asesoría crediticia — debe completar una sesión informativa de una agencia aprobada antes de presentar (y un curso de educación para deudores antes de su descargo).
  • La prueba de medios — debe calificar según su ingreso. Vea la prueba de medios para saber cómo funciona en California.

Conservar sus bienes

Lo que conserva depende de las exenciones de California. California es inusual: usted elige entre dos sistemas estatales y no puede usar las exenciones federales. Lea las exenciones de California para entender el homestead, el comodín y otras protecciones.

Qué hace presentar la quiebra de inmediato

En el momento en que usted presenta la quiebra, la suspensión automática detiene la mayoría de los cobros. Después de su caso, el descargo prohíbe permanentemente cobrar las deudas eliminadas — aunque algunas deudas sobreviven. Vea suspensión automática y descargo.

Si tiene ingresos regulares y quiere ponerse al día con una hipoteca o un auto en su lugar, compare el Capítulo 13.

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Preguntas frecuentes

¿Perderé mis bienes en el Capítulo 7?
Por lo general no. Un fiduciario solo puede vender bienes no exentos, y la mayoría de quienes presentan en California conservan sus bienes usando las exenciones de California. Los bienes que puede proteger dependen de qué sistema de exenciones de California elija.
¿Tengo que tomar un curso antes de presentar el Capítulo 7?
Sí. El Capítulo 7 requiere completar una asesoría crediticia de una agencia aprobada antes de presentar (y un curso de educación para deudores antes del descargo), además de aprobar la prueba de medios.
¿Qué deudas elimina un descargo del Capítulo 7?
Un descargo bajo 11 U.S.C. § 727 elimina la mayoría de las deudas no garantizadas, como las tarjetas de crédito y las facturas médicas. Algunas deudas no son descargables — vea suspensión automática y descargo.

Fuentes oficiales

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