Find Local Law

Traducción automática. La versión en inglés es la oficial. Información general, no asesoría legal — consulte a un abogado.

Desalojos en Colorado (entrada y retención forzosa)

El desalojo en Colorado se llama Entrada y Retención Forzosa (FED). Por falta de pago residencial de renta, el arrendador debe notificar una demanda escrita de pago o entrega — generalmente un aviso de 10 días para arrendamientos residenciales estándar. Esta área fue modificada en 2024 y es propensa a modificaciones, así que confirme la regla vigente. El desalojo por cuenta propia — cierres de cerradura o cortes de servicios — es ilegal; solo un alguacil que actúe por orden judicial puede expulsar a un inquilino.

Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 26 de mayo de 2026

Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.

Esto es información general, no asesoría legal. Las reglas de desalojo de Colorado fueron modificadas en 2024 y cambian con frecuencia — confirme la regla vigente en la fuente oficial a continuación, o hable con un abogado de Colorado.

En Colorado, un arrendador no puede simplemente expulsar a un inquilino. El desalojo es un proceso judicial con aviso requerido.

El desalojo es “FED” (§ 13-40-101 et seq.)

Un desalojo en Colorado es una acción de Entrada y Retención Forzosa (FED) (C.R.S. § 13-40-101 et seq.). Es un procedimiento judicial, y el arrendador debe seguir cada paso antes de que se pueda expulsar a un inquilino.

El aviso por falta de pago (§ 13-40-104)

Por falta de pago de renta residencial, el arrendador debe notificar una demanda escrita de pago o entrega — generalmente un aviso de 10 días para arrendamientos residenciales estándar (C.R.S. § 13-40-104). Pueden aplicarse plazos más cortos a algunas situaciones no residenciales o de vivienda del empleador.

Confirme lo vigente: Esta área fue modificada en 2024 y es propensa a modificaciones. Siempre verifique la última versión del estatuto antes de basarse en un número específico de días.

El desalojo por cuenta propia es ilegal

Un arrendador no puede dejarlo afuera, retirar sus pertenencias ni cortar los servicios para obligarlo a salir. El desalojo por cuenta propia es ilegal — solo un alguacil que actúe por orden judicial puede expulsar a un inquilino.

Para las reglas de depósito y habitabilidad que suelen surgir en estas disputas, vea arrendador e inquilino. Para más conceptos básicos de propiedad a nivel estatal, vea el centro de bienes raíces.

Para que lo conecten con un abogado local de Colorado, conéctese con un abogado.

Conéctese con un abogado local

Cuéntenos su situación y lo conectaremos con un abogado local que maneja casos como el suyo. Gratis y sin compromiso.

Comenzar

Preguntas frecuentes

¿Cómo se llama un desalojo en Colorado?
Entrada y Retención Forzosa, o FED — una acción judicial regida por C.R.S. 13-40-101 y siguientes. Un arrendador no puede expulsar legalmente a un inquilino sin pasar por este proceso.
¿Cuánto aviso se requiere por falta de pago de renta en Colorado?
Generalmente una demanda escrita de pago o entrega con 10 días para arrendamientos residenciales estándar; algunas situaciones no residenciales o de vivienda del empleador usan plazos más cortos (C.R.S. 13-40-104). Esta área fue modificada en 2024 — confirme la regla vigente.
¿Un arrendador en Colorado puede cambiar las cerraduras o cortar los servicios?
No. El desalojo por cuenta propia — cierres de cerradura y cortes de servicios — es ilegal. Solo un alguacil que actúe por orden judicial puede expulsar a un inquilino.

Fuentes oficiales

← Volver a Bienes raíces