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Traducción automática. La versión en inglés es la oficial. Información general, no asesoría legal — consulte a un abogado.

Apelaciones de inmigración y litigio federal

Quien no esté de acuerdo con la decisión de un juez de inmigración puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) presentando el Formulario EOIR-26, que debe recibirse dentro de 30 días. Si la BIA falla en su contra, la mayoría de las decisiones pueden impugnarse con una petición de revisión ante la corte federal de apelaciones correspondiente. El habeas corpus es un proceso federal aparte que a veces se usa para impugnar la legalidad de la detención.

Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 24 de mayo de 2026

Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.

La inmigración es ley federal y los plazos de apelación son estrictos e inflexibles. Esto es información general, no asesoría legal — si quiere apelar, hable de inmediato con un abogado de inmigración calificado, porque perder el plazo suele dejar la decisión en firme.

Si un juez de inmigración falla en su contra, muchas veces no es el final. La decisión por lo general puede apelarse — pero solo dentro de un plazo breve.

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)

Las apelaciones de un juez de inmigración van a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), el órgano administrativo más alto para interpretar y aplicar la ley de inmigración dentro de la EOIR (parte del Departamento de Justicia). La apelación se inicia presentando el Formulario EOIR-26.

Puntos clave:

  • La BIA debe recibir el Formulario EOIR-26 dentro de los 30 días calendario de la decisión oral del juez o del envío de la decisión escrita.
  • Se presenta ante la Junta — no ante el DHS ni ante el tribunal de inmigración.
  • Debe incluir la tarifa de presentación o una solicitud de exención (Formulario EOIR-26A).
  • Si pierde el plazo o renuncia a su derecho de apelar, la decisión del juez queda en firme.

Acudir a una corte federal

Si la BIA falla en su contra, el caso aún puede continuar. La mayoría de las decisiones de la BIA pueden impugnarse presentando una petición de revisión ante la corte federal de apelaciones (Circuit Court of Appeals) correspondiente — una corte federal fuera del sistema de inmigración.

Habeas corpus

Por separado, el habeas corpus es una petición ante una corte federal que puede usarse para impugnar si la detención migratoria de una persona es legal. Es distinto de apelar la decisión de deportación en sí. Como cada vía tiene su propia corte, reglas y plazos, conéctese con un abogado cuanto antes si está considerando apelar.

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Preguntas frecuentes

¿Dónde apelo la decisión de un juez de inmigración?
Ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), el órgano de apelaciones dentro de la EOIR, usando el Formulario EOIR-26.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar la apelación?
La BIA debe recibir el Formulario EOIR-26 dentro de los 30 días calendario de la decisión del juez de inmigración.
¿Qué pasa si la BIA rechaza mi apelación?
La mayoría de las decisiones de la BIA pueden impugnarse presentando una petición de revisión ante la corte federal de apelaciones correspondiente.
¿Qué es el habeas corpus en inmigración?
Es un proceso federal aparte que puede usarse para impugnar si la detención migratoria de una persona es legal.

Fuentes oficiales

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