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Evitar el legado sucesorio en Florida
En Florida, los bienes que pasan fuera del legado incluyen los bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia o tenencia por la totalidad, las designaciones de beneficiarios, las cuentas pagaderas a la muerte y transferibles a la muerte, y un fideicomiso revocable fondeado (cap. 736). La vivienda principal generalmente pasa fuera del patrimonio de legado y está constitucionalmente protegida de la mayoría de los acreedores, aunque el legado está restringido cuando hay un cónyuge sobreviviente o un hijo menor (§ 732.4015).
Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 26 de mayo de 2026
Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.
Esto es información general, no asesoría legal. Hable con un abogado de Florida sobre cómo estas reglas se aplican a su situación.
El legado sucesorio es el proceso judicial para transferir los bienes de una persona fallecida. Mucha propiedad puede configurarse para pasar fuera del legado — rápida y privadamente — sin un procedimiento judicial.
Bienes que pasan fuera del legado
En Florida, las transferencias no sujetas a legado comunes incluyen:
- Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia, y tenencia por la totalidad (entre cónyuges) — pasa automáticamente al superviviente;
- Designaciones de beneficiarios (como seguros de vida y cuentas de jubilación);
- Cuentas pagaderas a la muerte (POD) y transferibles a la muerte (TOD); y
- Un fideicomiso revocable fondeado (Código de Fideicomisos de Florida, capítulo 736).
Cada uno de estos mueve el bien directamente a una persona nombrada o a un fideicomiso, así que no forma parte del patrimonio de legado. Vea fideicomisos en vida para la opción más flexible.
Vivienda principal de Florida
Su vivienda principal recibe un trato especial. Generalmente pasa fuera del patrimonio de legado y está constitucionalmente protegida de la mayoría de los acreedores (Art. X, § 4, Const. Fla.; descenso bajo Fla. Stat. § 732.401).
Pero hay una trampa: el legado de la vivienda principal está restringido cuando hay un cónyuge sobreviviente o un hijo menor (Fla. Stat. § 732.4015). En esa situación, la casa puede pasar bajo esas reglas en lugar de bajo su testamento — así que no asuma que puede simplemente dejarla a quien usted elija.
Para planificar transferencias que se ajusten a su familia, conéctese con un abogado.
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ComenzarPreguntas frecuentes
- ¿Qué bienes evitan el legado sucesorio en Florida?
- Los bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia o tenencia por la totalidad, las designaciones de beneficiarios, las cuentas pagaderas a la muerte (POD) y transferibles a la muerte (TOD), y los bienes en un fideicomiso revocable fondeado (cap. 736) todos pasan fuera del legado.
- ¿Pasa la vivienda principal de Florida por el legado?
- La vivienda principal de Florida generalmente pasa fuera del patrimonio de legado y está constitucionalmente protegida de la mayoría de los acreedores (Art. X, § 4, Const. Fla.; descenso bajo Fla. Stat. § 732.401).
- ¿Puedo dejar mi vivienda principal a quien yo quiera?
- No siempre. El legado de la vivienda principal está restringido cuando hay un cónyuge sobreviviente o un hijo menor (Fla. Stat. § 732.4015). La propiedad puede pasar bajo esas reglas en lugar de bajo su testamento.