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Desalojos en California: el proceso y las protecciones del inquilino

Un arrendador de California no puede desalojar por mano propia — solo un tribunal puede, mediante una demanda de 'retención ilícita' (unlawful detainer) que comienza con un aviso por escrito. Para unidades cubiertas, la Ley de Protección al Inquilino exige causa justa para desalojar después de 12 meses y limita los aumentos anuales de renta al 5% más la inflación regional, hasta un 10%.

Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 24 de mayo de 2026

Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.

Vigente en 2026. Las leyes de protección al inquilino de California cambian con frecuencia — confirme la regla actual en las fuentes oficiales de abajo antes de depender de ella.

En California, solo un tribunal puede desalojar a un inquilino. Un arrendador que intenta la “mano propia” — cambiar cerraduras, sacar pertenencias o cortar los servicios — está infringiendo la ley (Código Civil §789.3).

El proceso de retención ilícita

El desalojo es un caso judicial llamado retención ilícita (unlawful detainer). La ruta básica:

  1. Aviso por escrito. El arrendador primero debe entregar el aviso por escrito correcto.
  2. La demanda. Si el inquilino no cumple, el arrendador presenta una retención ilícita; al inquilino se le notifica una citación y demanda y tiene un tiempo limitado (días judiciales) para responder.
  3. Decisión del tribunal. Un juez decide. Solo después de un fallo — ejecutado por el alguacil — puede sacarse a un inquilino.

Avisos comunes

  • Aviso de 3 días para pagar la renta o desalojar por renta no pagada — contado en días hábiles (excluyendo fines de semana y feriados judiciales) (CCP §1161).
  • Aviso de 30 o 60 días para terminar un arrendamiento mes a mes: 30 días si el inquilino ha vivido ahí menos de un año, 60 días si es un año o más (Código Civil §1946.1).

Ley de Protección al Inquilino (AB 1482)

Para las unidades cubiertas, la Ley de Protección al Inquilino añade dos grandes protecciones:

  • Causa justa. Después de que un inquilino ha ocupado legalmente la unidad por 12 meses, el arrendador necesita una razón legalmente reconocida para terminar el arrendamiento (Código Civil §1946.2).
  • Tope de renta. Los aumentos anuales de renta se limitan al 5% más el CPI regional, con tope del 10%, lo que sea menor (Código Civil §1947.12).

Exenciones clave: la vivienda que recibió un certificado de ocupación en los últimos 15 años, y muchas viviendas unifamiliares y condominios no propiedad de una corporación (si se da el aviso de exención requerido).

Las disputas de desalojo y renta dependen de plazos y las reglas locales varían. Para conectarse con un abogado local, conéctese con un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Un arrendador puede cambiar las cerraduras o cortar los servicios para forzar la salida del inquilino?
No. Los desalojos por mano propia — cambiar cerraduras, sacar pertenencias o cortar los servicios — son ilegales en California (Código Civil §789.3). Solo un tribunal puede ordenar un desalojo, tras una demanda de retención ilícita.
¿Cuánto aviso se requiere por renta no pagada?
Un aviso de tres días para pagar la renta o desalojar, y según la ley reciente eso significa tres días hábiles — los sábados, domingos y feriados judiciales no cuentan (Código de Procedimiento Civil §1161).
¿Cuánto puede aumentar la renta en California?
Para las unidades cubiertas por la Ley de Protección al Inquilino, un aumento anual se limita al 5% más el cambio regional en el costo de vida (CPI), o un 10% en total — lo que sea menor (Código Civil §1947.12).
¿Qué es el desalojo por 'causa justa'?
Para las unidades cubiertas, una vez que un inquilino ha ocupado legalmente una unidad por 12 meses, el arrendador necesita una razón legalmente reconocida ('causa justa') para terminar el arrendamiento (Código Civil §1946.2). Algunas viviendas unifamiliares y edificios más nuevos están exentos.

Fuentes oficiales

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