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Reclamos por muerte injusta en Florida
La Ley de Muerte Injusta de Florida (Fla. Stat. §§ 768.16–768.26) exige que el representante personal del difunto presente una sola acción en beneficio de los sobrevivientes y del patrimonio. La Ley define quién cuenta como 'sobreviviente' (donde 'hijos menores' significa menores de 25), establece los daños recuperables, y conlleva un plazo de dos años.
Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 25 de mayo de 2026
Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.
Esto es información general, no asesoría legal. Hable con un abogado de Florida sin demora — aplica el plazo de dos años.
Cuando la negligencia causa una muerte en Florida, el remedio de la familia es la Ley de Muerte Injusta de Florida (Fla. Stat. §§ 768.16–768.26).
Una acción, presentada por el representante personal
Florida exige una sola acción presentada por el representante personal del difunto en beneficio tanto de los sobrevivientes como del patrimonio (Fla. Stat. § 768.20) — los miembros individuales de la familia no presentan por separado.
Quién cuenta como “sobreviviente”
La Ley define a los sobrevivientes (Fla. Stat. § 768.18) para incluir al cónyuge, los hijos, los padres y ciertos parientes consanguíneos dependientes y hermanos adoptivos. Un detalle específico de Florida: “hijos menores” significa hijos menores de 25 para los fines de la Ley, sin importar la edad de mayoría.
Daños recuperables
Los daños (Fla. Stat. § 768.21) pueden incluir, según el sobreviviente: la pérdida de sustento y servicios; la pérdida de compañía del cónyuge y su dolor y sufrimiento mental; la compañía, instrucción y orientación parental perdida de los hijos menores; el dolor y sufrimiento mental de los padres por la muerte de un hijo; y las pérdidas del patrimonio (ingresos perdidos, acumulaciones netas, y gastos médicos/funerarios).
Nota: Florida ha tenido históricamente una exclusión controvertida que limita cierta recuperación no económica en casos de muerte injusta por negligencia médica (§ 768.21(8)); esa área ha sido objeto de atención legislativa reciente, así que confirme el estado actual para una muerte por negligencia médica.
Plazo
El plazo es en general de dos años desde la fecha de la muerte (Fla. Stat. § 95.11(4)(e)). Para conectarse con un abogado local de muerte injusta en Florida, conéctese con un abogado.
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ComenzarPreguntas frecuentes
- ¿Quién puede presentar un reclamo por muerte injusta en Florida?
- Solo el representante personal del difunto, que presenta una sola acción en nombre de los sobrevivientes y del patrimonio (Fla. Stat. § 768.20).
- ¿Quién cuenta como 'sobreviviente'?
- En general el cónyuge, los hijos, los padres y ciertos parientes consanguíneos dependientes (Fla. Stat. § 768.18). Notablemente, 'hijos menores' significa hijos menores de 25 para los fines de la Ley.
- ¿Cuánto tiempo tienen las familias para presentar?
- En general dos años desde la fecha de la muerte (Fla. Stat. § 95.11(4)(e)).