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Adopción en Florida: quién puede adoptar y consentimiento

El Capítulo 63 rige la adopción en Florida. La sección 63.042 permite que cualquier persona sea adoptada y deja que una pareja casada, un adulto soltero o un padrastro/madrastra con consentimiento adopten. La sección 63.062 exige el consentimiento por escrito de la madre, un padre calificado y del menor si tiene 12 años o más, salvo renuncia judicial.

Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 26 de mayo de 2026

Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.

Esto es información general, no asesoría legal. Las reglas de adopción son detalladas — hable con un abogado de Florida sobre su situación.

La adopción en Florida se rige por el Capítulo 63 de los Estatutos de Florida, que cubre quién puede adoptar, quién puede ser adoptado y de quién se requiere el consentimiento.

Quién puede adoptar y ser adoptado

Bajo Fla. Stat. § 63.042, cualquier persona — menor o adulta — puede ser adoptada. Las personas que pueden adoptar son:

  • Una pareja casada que adopta conjuntamente;
  • Un adulto soltero; o
  • Una persona casada cuyo cónyuge es padre o madre del menor y consiente — la vía del padrastro o madrastra.

De quién se requiere el consentimiento

Bajo Fla. Stat. § 63.062, el consentimiento por escrito (o la notificación requerida) generalmente debe provenir de:

  • La madre;
  • Un padre calificado; y
  • El menor de 12 años o más — salvo que el tribunal renuncie a ese consentimiento. (Trate la regla de los 12 años como algo a confirmar.)

Derechos de un padre no casado

Los derechos de un padre biológico no casado dependen de condiciones — sobre todo de registrarse en el Registro de Padres Putativos de Florida. Un padre que no toma los pasos requeridos puede encontrar que su consentimiento no es necesario.

La adopción cambia permanentemente la filiación legal, por lo que a menudo sigue pasos como establecer paternidad. Para conectarse con un abogado local de derecho de familia en Florida, conéctese con un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede adoptar en Florida?
Bajo Fla. Stat. § 63.042, pueden adoptar una pareja casada en conjunto, un adulto soltero, o una persona casada cuyo cónyuge sea padre o madre del menor y consienta (la vía del padrastro o madrastra). Cualquier persona — menor o adulta — puede ser adoptada.
¿De quién se requiere el consentimiento para una adopción?
Generalmente, el consentimiento por escrito (o notificación) de la madre, un padre calificado y del menor si tiene 12 años o más, salvo que el tribunal renuncie al consentimiento del menor (Fla. Stat. § 63.062). Trate la regla de los 12 años como algo a confirmar.
¿Y los derechos de un padre biológico no casado?
Los derechos de un padre biológico no casado dependen de condiciones como registrarse en el Registro de Padres Putativos de Florida (Fla. Stat. § 63.062). No hacerlo puede afectar si se requiere o no su consentimiento.

Fuentes oficiales

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