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Reclamaciones por muerte por negligencia en Colorado
La Ley de Muerte por Negligencia de Colorado (C.R.S. §§ 13-21-201 a 13-21-204) fija quién puede demandar mediante un esquema escalonado y basado en años: el cónyuge sobreviviente generalmente tiene el derecho exclusivo en el primer año, luego el cónyuge y/o los herederos, y los padres pueden demandar por un causante soltero sin descendientes. Generalmente aplica un plazo de dos años. Colorado pone topes a los daños no económicos, pero la HB 24-1472 elevó el tope — confirme la cifra vigente; no hay tope para un homicidio doloso.
Por el equipo editorial de Find Local Law · Última revisión: 26 de mayo de 2026
Traducido con asistencia de IA y verificado contra fuentes oficiales (leyes y sitios web gubernamentales). Información general, no asesoría legal.
Esto es información general, no asesoría legal. Hable pronto con un abogado de Colorado — se aplican plazos estrictos.
Una reclamación por muerte por negligencia permite que ciertos sobrevivientes recuperen cuando la muerte de alguien es causada por el acto ilícito de otro. La Ley de Muerte por Negligencia de Colorado fija reglas específicas sobre quién puede demandar y cuándo.
Quién puede demandar — un esquema escalonado y basado en años
La Ley de Muerte por Negligencia de Colorado (C.R.S. §§ 13-21-201 a 13-21-204) canaliza el derecho a demandar por nivel y tiempo:
- El cónyuge sobreviviente generalmente tiene el derecho exclusivo en el primer año;
- Luego el cónyuge y/o los herederos;
- Los padres pueden demandar por un causante soltero sin descendientes.
Tener al demandante correcto importa, porque demandar fuera de turno puede frustrar una reclamación.
El plazo
Generalmente aplica un plazo de dos años (C.R.S. § 13-21-204, vinculado al § 13-80-102). Esto es independiente del esquema basado en años descrito arriba, así que confirme ambos.
Tope a los daños — elevado recientemente
Colorado pone topes a los daños no económicos por muerte por negligencia, pero la HB 24-1472 elevó el tope de forma creciente y ajustada por inflación. No hay una cifra fija única en la que basarse — confirme el tope vigente. Tenga en cuenta que no hay tope para un “homicidio doloso” (felonious killing).
Para un panorama de las reglas de lesiones de Colorado, vea el centro de lesiones personales. Para que lo conecten con un abogado local de muerte por negligencia en Colorado, conéctese con un abogado.
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ComenzarPreguntas frecuentes
- ¿Quién puede presentar una reclamación por muerte por negligencia en Colorado?
- Sigue un esquema escalonado y basado en años (C.R.S. §§ 13-21-201 a 204). El cónyuge sobreviviente generalmente tiene el derecho exclusivo en el primer año; luego el cónyuge y/o los herederos; y los padres pueden demandar por un causante soltero sin descendientes.
- ¿Cuánto tiempo tengo para presentar la demanda?
- Generalmente aplica un plazo de dos años (C.R.S. § 13-21-204, vinculado al § 13-80-102). El esquema basado en años sobre quién puede demandar es independiente de este plazo de presentación, así que confirme ambos con un abogado.
- ¿Colorado pone topes a los daños por muerte por negligencia?
- Colorado pone topes a los daños no económicos por muerte por negligencia, pero la HB 24-1472 elevó el tope de forma creciente y ajustada por inflación — no hay una cifra fija única, así que confirme el tope vigente. Tenga en cuenta que no hay tope para un homicidio doloso.